 
									El órgano disciplinario de la UEFA sanciona al defensa del Athletic por la presencia de canrenona en uno de sus controles antidopaje tras un partido de Europa League.
Yeray Álvarez, defensa del Athletic, fue sancionado por la UEFA con diez meses sin competir por infringir las normas antidopaje. El comunicado del organismo europeo explica que “el 1 de mayo de 2025, el jugador del Athletic Club, Yeray Álvarez, se sometió a un control antidopaje en competición realizado por la UEFA tras un partido de la UEFA Europa League“.
El análisis de la muestra del jugador, realizado por un laboratorio acreditado por la AMA, reveló entonces “la presencia de canrenona, una sustancia prohibida tanto dentro como fuera de competición en la categoría S5. Diuréticos y agentes enmascarantes de la Lista de Prohibiciones de la AMA de 2025″.
Según dice la propia UEFA, el 2 de junio de 2025 el jugador aceptó una suspensión provisional voluntaria con efectos a partir de esa fecha. Sin embargo, tras la apertura del expediente disciplinario contra el jugador el 10 de junio de 2025, dos Inspectores de Ética y Disciplina de la UEFA llevaron a cabo una investigación y el caso se remitió a los órganos disciplinarios de la UEFA para su decisión.
Y la UEFA sentencia: “En su reunión del 19 de agosto de 2025, el órgano disciplinario competente de la UEFA decidió suspender al jugador durante diez (10) meses, desde la fecha de la suspensión provisional (es decir, el 2 de junio de 2025) hasta el 2 de abril de 2026, por haber cometido una infracción no intencionada de las normas antidopaje”.
La UEFA también explica que “de conformidad con el Artículo 10.14.2 del Reglamento Antidopaje de la UEFA, el jugador podrá volver a entrenar con un equipo o utilizar las instalaciones de un club durante los dos últimos meses de su periodo de suspensión, es decir, a partir del 2 de febrero de 2026″.
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